* Rentas de Trabajo
– Salarios
– Comisiones
– Prestaciones sociales
– Viáticos
– Gastos de representación
– Honorarios
– Emolumentos eclesiásticos
– Compensaciones recibidas por el
trabajo asociado cooperativo
– Compensaciones por servicios personales

* Rentas de Pensiones
– Pensión de jubilación
– Pensión de invalidez
– Pensión de vejez
– Pensión de sobrevivientes
– Pensión sobre riesgos laborales
– Indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional

* Rentas de Capital
– Intereses
– Rendimientos Financieros
– Arrendamientos
– Regalías
– Explotación de la propiedad intelectual

* Rentas no Laborales
Todos los ingresos que no se clasifiquen expresamente en ninguna de las demás cédulas.

Los honorarios percibidos por las Personas Naturales que presten servicios y que contraten o vinculen por al menos noventa (90) días continuos o discontinuos, dos (2) o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad.

* Rentas de dividendos y participaciones
Son aquellos ingresos provenientes de sociedades y entidades nacionales y extranjeras.

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