La norma para microempresas no requiere de la presentación del estado de flujos de efectivo, ni del estado de cambios en el patrimonio

El artículo 2 de la Ley 1314 de 2009 establece expresamente que todas las personas obligadas a llevar contabilidad, así como aquellas que desean valer sus estados financieros como prueba ante terceros, deben aplicar las Normas de Información Financiera que se derivan de tal disposición legal. En ese orden de ideas, las personas naturales también deben acogerse a las Normas de Información Financiera, siempre que estas elaboren sus estados financieros.

¿Qué informes deben presentar?

El juego completo de estados financieros que se deben presentar depende de la norma que la persona deba aplicar, por lo cual debe revisar previamente su calidad, en relación con lo establecido en los decretos 2706 de 2012 y 3022 de 2013 (actualmente compilados en el DUR 2420 de 2015)

Si pertenece al grupo 3

Si la persona aplica la contabilidad simplificada para microempresas, su juego completo de estados financieros deberá contener los informes detallados del artículo 3.8 del Decreto 2706 de 2012 (anexo 3 del Decreto 2420 de 2015), a saber:

  1. Estado de situación financiera.
  2. Estado de resultados.
  3. Notas a los estados financieros.

Como se observa, la norma para microempresas no requiere la presentación del estado de flujos de efectivo, ni del estado de cambios en el patrimonio, por lo que el juego completo de estados financieros es mucho más reducido que el de las pymes. Si así lo desea, el informante puede elaborar estados financieros adicionales, como el estado de flujos de efectivo, el cual seguramente será solicitado por las entidades financieras antes de aprobarle una solicitud de crédito.

Esta información debe presentarse de manera comparativa respecto al período inmediatamente anterior. Por ejemplo, los estados financieros del período 2018 deben presentarse con información comparativa del período 2017.

Si pertenece al grupo 2

Si la persona natural aplica el Estándar para Pymes en razón al tamaño de su patrimonio o monto de ingresos, el juego completo de estados financieros es el que se requiere en el párrafo 3.17 de la norma en mención:

  1. Estado de situación financiera.
  2. Estado del resultado integral, o un estado de resultados separado y un estado de situación financiera separado.
  3. Estado de flujos de efectivo.
  4. Estado de cambios en el patrimonio.
  5. Notas a los estados financieros.

Cuando se cumplan las condiciones del párrafo 3.19 del Estándar para Pymes puede presentarse un estado de resultados junto con las ganancias retenidas, en lugar de un estado del resultado integral y un estado de cambios en el patrimonio. Por lo anterior, las personas clasificadas en el grupo 2 deben elegir entre tres opciones de estados financieros a presentar.

 

¿Qué se debe incluir en los estados financieros?

Las personas naturales deben reportar en sus estados financieros la información completa de su patrimonio, ingresos y flujos de efectivo, independientemente de si se trata de información relacionada con negocios o temas personales.

Las Normas de Información Financiera guardan silencio respecto al tratamiento de la información financiera de las personas naturales, por lo cual este tema debe ser analizado a la luz del cumplimiento de las definiciones y criterios de reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos en cada una de las disposiciones normativas.

Las siguientes son situaciones que se presentan frecuentemente en la contabilidad de las personas naturales y su posible tratamiento contable:

Activos por reportar

Se deben reportar todos los activos que cumplan la definición del marco conceptual; no solo los vinculados a un negocio, sino también aquellos activos personales que representen para el informante un recurso que pueda usar o del cual pueda disponer, por ejemplo, para venderlo, pagar alguna deuda, o para usufructuarlo.

Pasivos a reportar

Al igual que con los activos, la persona debe reportar todos los pasivos a su nombre, sin importar que se trate de pasivos relacionados con su negocio o pasivos personales.

Ingresos y gastos

Deben reportarse todos los ingresos percibidos por la persona reportante durante el período contable, ya sea que hagan parte de sus negocios, o que sean obtenidos por otras fuentes.

En relación con los gastos, es preciso reportar solo aquellos que cumplan la definición del marco conceptual, teniendo en cuenta que deben ser erogaciones necesarias o ineludibles en la operación del negocio. En este orden de ideas, el dinero gastado, por ejemplo, para celebrar la graduación de la universidad, no puede reportarse como gasto, sino que es una disminución directa del patrimonio.

Conformación del patrimonio

El patrimonio de las personas naturales se conforma básicamente de capital propio y resultados del período. Los resultados se acumulan en la partida de capital propio. Si la persona natural mantiene activos medidos al valor revaluado como propiedades, planta y equipo, es normal que tenga partidas acumuladas como “otro resultado integral”

FUENTE: Revista Actualícese Edición No 95