Según la Resolución Dian 000020 de 2018, el plazo para presentar este formato vencerá entre el 24 de octubre y el 7 de noviembre de 2018.

Por el año gravable 2017 solamente tienen la obligación de presentar el formato 2516, a través del servicio informático electrónico –SIE– los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a llevar contabilidad o quienes voluntariamente decidan llevar contabilidad, que sean declarantes en el formulario 110 y que en el mismo período 2017 hayan obtenido ingresos brutos fiscales (ordinarios y extraordinarios) iguales o superiores a 45.000 UVT ($1.433.655.000).

Estos son los pasos para la respectiva presentación:

  1. Descargar e instalar el prevalidador del reporte de conciliación fiscal F2516v1 (año gravable 2017) versión 1, el cual se encuentra disponible de manera gratuita en el portal de la Dian.
  2. Una vez instalado el prevalidador se deben diligenciar las secciones del reporte de conciliación fiscal, según corresponda, y generar el archivo XML.
  3. Una vez generado el archivo XML, deberá cargarlo en el sistema a través de la opción “presentación de información por envió de archivos” del sistema Muisca.
  4. El reporte de conciliación fiscal debe ser firmado y presentado por el representante legal, haciendo uso del instrumento de firma electrónica –IFE– emitido por la Dian, lo cual se efectuará al momento de seleccionar la opción “diligenciar solicitud envío de archivos”.
  5. Al diligenciar la solicitud de envío de archivos, el sistema generará el formato 10006 con la marca de agua “En Trámite”, debidamente firmado. Una vez presentado el archivo XML, el sistema procederá a su validación, lo que puede tardar algunos minutos dependiendo de la carga del sistema. Si la validación resulta exitosa, así lo identificará el estado del archivo presentado y la marca de agua del formato 10006 cambiará a “Recibido”, que será el soporte de la correcta presentación del reporte de conciliación fiscal. Si la validación tiene errores, el estado de la solicitud indicará “error generando archivo” y la marca de agua del formato 10006 permanecerá “En Trámite”.
  6. Si el archivo XML presenta error, se deberá modificar la información generando un nuevo archivo XML. Recuerde que el archivo deberá seguir con el concepto 1 “inicial”.

Fuente: DIAN y Actualícese.com