Por medio de la Resolución 0687 del 30 de mayo de 2018, “por la cual se certifica el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario”, la Superintendencia Financiera de Colombia estableció este porcentaje en 20,28; disminuyendo en 0.16 % con respecto a la certificación anterior. Tal disminución será aplicable para el periodo comprendido entre el 1 y 30 de junio de 2018.

A raíz de esta certificación se puede establecer que los intereses remuneratorio y moratorio no podrán sobrepasar el 30,42 % efectivo anual para créditos de consumo y ordinarios; igualmente, la tasa de usura será de 30,42 %.

La SuperFinanciera también recuerda que las certificaciones vigentes para la modalidad de microcrédito son del 36,85 % (para el interés bancario corriente) y de 55,28 % (Usura); y 37,55 % (interés bancario corriente) y 56,33 % (Usura) para la modalidad de consumo de bajo monto.

Ver: Resolución 0687 de 2018

Fuentes: INCP y Superfinanciera