Una vez se ha determinado el valor de la UVT para 2018 en $33.156, los activos denominados fiscalmente de menor cuantía serán aquellos con un costo igual o inferior a 50 UVT,  equivalentes a $1.658.000.

La normatividad fiscal permite la depreciación tributaria en un tiempo de un año, a los activos que cumplan con una cuantía mínima, aún si por la naturaleza del mismo la normatividad ha establecido un tiempo de depreciación diferente.

Se reconocen como activos de menor cuantía aquellos con un costo inferior o igual a 50 UVT, equivalente a $1.658.000 para el año 2018, pues cada UVT tiene un valor de $33.156. Por tanto, los activos que tengan un valor igual o inferior a $1.658.000 se aceptan tributariamente con una depreciación en el término de 12 meses o un periodo fiscal.

Es importante tener en cuenta los conceptos de vigencia fiscal y periodo gravable, ya que dicho monto de activos de menor valor a $1.658.000 debe considerarse para la declaración del período gravable 2017, el cual se presentará en la vigencia fiscal de 2018.

Fuente: Actualícese