Principales cambios normativos que han regido durante la última semana a causa de la pandemia declarada por la OMS del 11 de marzo de 2020 frente al Cov-2 o Covid-19, al respecto se han dispuesto varios cambios en materia de plazos en virtud del asunto mencionado:
- Cámara de comercio:
Mediante el decreto 434 de 2020, se aplaza la renovación de cámara de comercio hasta el 3 de julio de 2020.
- Registro Único de Proponentes (RUP)
Mediante el decreto 434 de 2020, se aplaza la renovación de cámara de comercio hasta el quinto día hábil de julio de 2020.
- Renta:
Mediante el decreto 435 de 2020 se aplazan las fechas para presentación de declaración de renta personas naturales y jurídicas.
- Actualización régimen de tributación especial:
Mediante el decreto 438 de 2020 se amplían los plazos para la actualización de la actividad meritoria hasta el 30 de junio de 2020.
- Beneficios tributarios en materia de impuesto sobre las ventas:
Serán bienes exentos de impuestos transitoriamente:
- Nebulizador.
- Bascula pesa bebes
- Monitor de signos vitales
- Electrocardiografo
- Glucometro
- Tensiometro
- Pulsoximetro
- Aspirador de secreciones
- Desfribilador
- Incubadora
- Lampara calor radiante
- Lampara fototerapia
- Bomba de infusión
- Equipo de órganos de los sentidos
- Bala de oxígeno
- Fonoendoscopio
- Ventilador
- Equipos de rayos x portátil
- Concentrador de oxígeno
- Monitor de transporte
- Flujometro
- Camara cefálica
- Cama hospitalaria
- Cama hospitalaria pediátrica.
Art. 1 decreto 438 de 2020. Anexo, condiciones técnicas para proceder con la exención.
- Suspensión de términos:
Mediante resolución 0022 de 2020 la dirección de impuestos suspende los términos de los procesos administrativos y de las actuaciones tributarias.
- Industria y comercio Cali:
Mediante resolución 0006 la secretaria de hacienda municipal decide ampliar los plazos para la presentación del impuesto anual de industria y comercio del año gravable 2019.
- Predial Cali:
El concejo de Cali ha anunciado que están tramitando la resolución para ampliar los plazos del 15% de descuento para el pago del impuesto predial hasta el 30 de junio de 2020. Aún se debe esperar por dicha reglamentación.
- Supersociedades:
La superintendencia de sociedades mediante circular externa No. 100-000003 amplio los plazos para el reporte anual de información financiera para los obligados a reportar información financiera bajo NIIF.
- Reuniones y asambleas:
Mediante reglamento expedito en el decreto 398 de 2020, la administración pretende que las asambleas se hagan de manera no presencial.
- Mintrabajo:
- Resolución 803: Suspensión temporal de trabajo hasta por 120 días por oficio.
- Circular 0021: Regulación y consideraciones para el desarrollo óptimo del trabajo en casa, teletrabajo, jornada laboral flexible, vacaciones anticipadas o colectivas, y otros
- Modifican plazos para el reporte de exógena por el año gravable 2019
A través de la Resolución 000027 de marzo 25 de 2020, la Dian modificó los plazos para entregar el reporte de exógena correspondiente al año gravable 2019 de que trata el artículo 45 de la Resolución 011004 de 2018. Lo anterior, considerando la crisis generada por el COVID-19 en materia sanitaria y económica.
Así pues, los grandes contribuyentes deberán reportar esta información, a más tardar, entre el 15 y 29 de mayo de 2020, de acuerdo con el último dígito del NIT. No obstante, las demás personas jurídicas y naturales cumplirán con esta obligación entre el 1 de junio y el 1 de julio del año en curso, considerando para ello los dos últimos dígitos del NIT registrado en el RUT.
Para el caso de las alcaldías, los reportes de la información correspondiente al impuesto de industria y comercio se realizará a más tardar el 31 de agosto de 2020.
Fuente: www.actualicese.com