El Ministerio de Hacienda y Crédito Público dejó en firme el Decreto 2179 del 28 de noviembre de 2018: “Por el cual se reglamentan los artículos 579 y 811 del Estatuto Tributario, y se adiciona un Parágrafo Transitorio al artículo 1.6.1.13.2.30 de la Sección 2 del Capítulo 13 Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

Esta norma adiciona un parágrafo transitorio en el que se establece que el martes 15 de enero de 2019 se vencerá el plazo para que los prestadores de servicios desde el exterior cumplan con la obligación de declarar y pagar el impuesto sobre las ventas (IVA) por los bimestres de julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre–diciembre del año 2018.

Si lo desea, puede consultar el Decreto completo, a continuación:

Ver: Decreto 2179 de 2018

Fuente: INCP