En el Decreto Nº 0822 de 2017 el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla ajusta, los valores absolutos de las normas tributarias aplicables durante el año 2018, tal como se expresan en el Estatuto Tributario Distrital según decreto Nº 0180 de 2010 renumerado por el decreto Nº 0924 de 2011 y acuerdo 019 de 2015.
En este decreto, el Distrito expresa, mediante el artículo segundo que la sanción mínima para el año 2018 será equivalente a 5.6UVT, es decir $186.000 determinados en el Articulo 257 del Decreto Nº 0180 de 2010. – renumerado por el Decreto Nº 0924 de 2011 –, así:
“Artículo 257. Sanción mínima. Respecto del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, impuesto de delineación urbana e impuesto unificado de espectáculos públicos, el valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas, que deban ser liquidadas por el contribuyente o declarante, o por la Gerencia de Gestión de Ingresos, será equivalente a 5.6 UVT. ($ 186.000, valor año 2018).”