Hasta el 14 de febrero los empleadores tienen plazo de pagar a sus trabajadores las cesantías, las cuales deben ser consignadas en el fondo de cesantías previamente elegido por el empleado.
Miles de trabajadores están esperando a que en su fondo de cesantías llegue esta prestación a la que tienen derecho los empleados y personas que no están ganando un salario mínimo integral. Esta prestación a la que tienen derecho los asalariados, puede ser usada en tres escenarios: por pérdida del empleo, para adquisición o renovación de vivienda y para educación. Recientemente se aprobó su utilización con propósito educativo para los dependientes del afiliado al fondo de cesantías.
Un informe reciente de Asofondos (Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía) señala que la principal causa de retiro de cesantías de los colombianos es por gastos asociados a vivienda (50%), mientras que la causal de terminación del contrato de trabajo fue la destinación que más crecimiento tuvo (11,7%) en 2019 frente a 2018. El retiro de cesantías con fines de desempleo llegó a $13,4 billones en los últimos 10 años y el retiro por este concepto alcanzó los $2 billones en 2019, indicó Asofondos.
“En 2019 los retiros bajo esta causal, monto que llegó a $2 billones, se constituyeron en el rubro que registró el mayor crecimiento con respecto a 2018, con una variación de 11,7%, comportamiento que se relaciona, en buena parte, con las desfavorables cifras sobre el mercado laboral”, explicó Santiago Montenegro Trujillo, presidente de Asofondos.
Al analizar el uso por “terminación de contrato”, a lo largo de la última década, se observa que bajo esta causal los trabajadores han utilizado un total de $13,4 billones, mostrando así la importancia que tienen estos recursos “como un ahorro esencial, principalmente, para que el trabajador pueda cubrirse frente a la contingencia del desempleo, que fue el espíritu que, precisamente, originó la creación de esta prestación salarial” precisó Montenegro.
Los meses en los que se registraron los mayores retiros por “terminación de contrato” fueron marzo, abril y mayo. El mercado de trabajo actualmente: Entre enero y noviembre la tasa de desempleo promedio a nivel nacional se ubicó por encima del 10%, siendo los segmentos de mujeres y jóvenes los más afectados.
Ante esta coyuntura, Asofondos, que agremia a Colfondos, Porvenir, Protección, y Skandia, reitera el llamado para que los cerca de 6,4 millones de trabajadores que este año recibirán el pago de las cesantías, antes del 14 de febrero, las conserven como un mecanismo que en la práctica funge esencialmente como un seguro de desempleo.
Las cesantías se liquidan desde el 1 de enero al 30 de diciembre cada año. El trabajador recibirá un mes de salario si cumplió ese tiempo y le serán consignados en el fondo de cesantías de su elección. Y si trabajó menos tiempo en el año, se le pagan las cesantías de manera proporcional. La fórmula para calcularlas es muy simple:
- Salario mensual x Días trabajados ÷ 360 = cesantías.
Ejemplo, si usted entró a trabajar el 1 de septiembre de 2019, entonces su empleador le liquidará 120 días. Hagamos un caso hipotético con Rodrigo* (nombre inventado), cuyo salario de contratación fue de $1.800.000.
- $1.800.000 x 120 = 216.000.000 ÷ 360 = $600.000
Pero si por ejemplo, Rodrigo hubiera entrado el 2 de enero de 2019, sus cesantías anuales corresponden al salario de un mes, entonces le consignarán al fondo de cesantías previamente elegido por el empleado un total de $1.800.000.
Dudas más comunes
Acudimos a Esteban Velasco, CEO y cofundador de Sempli.co, startup que se encarga de dar financiamiento a la pequeña y mediana empresa, para conocer más sobre las inquietudes comunes sobre cesantías. Esto fue lo que contestó.
#1. ¿Cuál son los riesgos que corre una empresa al no pagar las cesantías?
El principal riesgo de las empresas que no pagan las cesantías es la sanción moratoria, es decir, el pago de un día de salario del empleador por cada día que se tenga de retraso en la consignación de las mismas.
#2. ¿Puede ocurrir el cierre de la compañía si no se hace el pago de las cesantías?, o qué tipo de sanciones puede tener?
El cierre no se determina por una autoridad gubernamental como sanción por no pago de cesantías. La sanción que puede tener una empresa sería únicamente la moratoria (explicada en la respuesta #1).
Siempre que un empleado detecte el no pago de sus cesantías al fondo, debe reportarlo y en principio consultar con el empleador la causa del incumplimiento, para conciliar las diferencias; de no poder hacerlo el empleado puede acudir a un inspector de trabajo para que requiera al empleador, lo acompañe y apoye a resolver el inconveniente o las instancias judiciales pertinentes.
#3. ¿Qué es lo que debe saber un empleador sobre las cesantías?
Lo primero, es tener presente que las cesantías son las prestaciones sociales con las cuales todos los empresarios debemos cumplir. Más allá de que es una obligación, también es un factor muy importante de ahorro, especialmente para los empleados, más que todo cuando los empresarios somos quienes apoyamos el ahorro de estos, que usualmente son usados para tres temas:
#1 Vivienda, compra, adquisición o remodelación.
#2 Educación del empleado o de sus familiares.
#3 Empleado cesante, es decir que, si por algún motivo el empleado deja de trabajar, pueda contar con unos recursos.
Se paga normalmente el equivalente a un salario mensual por empleado, que tenga un salario convencional, es decir, que para quienes tienen un salario integral no aplica.
Ese salario al año debe aportarse a los fondos de cesantías, con antelación al 14 de febrero del año posterior al que el empleado ha trabajado. Adicionalmente, hay un segundo concepto que son los intereses a las cesantías, esto equivale al 12% de ese salario mensual; por ejemplo, si usted se ganó un salario mensual de $1.000.000, quiere decir que van a consignar $1.000.000 en los fondos de cesantías; y adicionalmente la empresa le debe pagar directamente al empleado por intereses de cesantías el equivalente al 12%, en el ejemplo que serían $120.000, antes del 31 de enero del año posterior al trabajado.
¿Cómo darle un uso inteligente a las cesantías?
La recomendación es dejarlas quietas en un fondo de cesantías para hacer uso estrictamente necesario en los 3 escenarios descritos. Otra modalidad es dejarlas en el sistema público donde está el Fondo Nacional del Ahorro, entidad que por una antigüedad otorga una calificación al titular de las cesantías con la ventaja que puede acceder a créditos de vivienda o educativos más baratos.
Si opta por el ahorro privado usted puede escoger entre los portafolios de largo y corto plazo para tener unas cesantías que renten. Entre las opciones que tiene están Colfondos, Porvenir, Protección y Old Mutual. A través de la gestión por parte de un equipo calificado de inversiones, Colfondos trabaja para entregar las mejores rentabilidades a sus afiliados. Una vez más, Colfondos lidera la rentabilidad de la industria en los dos portafolios que administra (Corto y Largo Plazo), con cifras disponibles en la Superfinanciera de Colombia.
En el portafolio de Largo Plazo, a cierre de diciembre de 2019, Colfondos entregó un retorno anual de 6,26%, seguido por Skandia 5,88%, Porvenir 5,72% y Protección 5,15%. Por otro lado, en el portafolio de Corto Plazo, en el trimestre que terminó el 31 de diciembre de 2019, la entidad logró la mejor rentabilidad, con un retorno de 3,70%, seguido por Protección 3,32%, Porvenir 3,31% y Skandia 3,26%.
Fuente: www.finanzaspersonales.co