Como una novedad para la presentación de la declaración de renta del año gravable 2018, los contribuyentes podrán encontrar en el portal web de la Dian un preboceto de la información sugerida a reportar en tal declaración, basada en el reporte de terceros. A continuación, todo lo que necesita saber.
Al iniciar los vencimientos para que las personas naturales cumplan con su obligación de presentar la declaración de renta por el año gravable 2018, son varias las novedades que deben considerar. Sin embargo, entre las más estacadas se encuentra la declaración de renta sugerida, implementada por la Dian, con el fin de facilitar la elaboración de dicha declaración por parte de las personas naturales residentes en Colombia que obtuvieron ingresos en las cédulas de rentas de trabajo o pensiones, de acuerdo con la información exógena.
La declaración sugerida es una alternativa editable que le permite al contribuyente conocer la información exógena frente a las casillas de ingresos brutos e ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional asociados a las cédulas de rentas de trabajo o pensiones, así como los correspondientes a las retenciones practicadas durante el respectivo año fiscal.
“Esta iniciativa traza un proceso de interacción entre el contribuyente y la administración tributaria, en el cual la persona natural debe terminar de diligenciar y editar los demás campos de la declaración”
Esta iniciativa traza un proceso de interacción entre el contribuyente y la administración tributaria, en el cual la persona natural debe terminar de diligenciar y editar los demás campos de la declaración, en caso de que posea otras rentas que deba registrar en las demás cédulas (de capital, no laborales y dividendos y participaciones) que conforman el formulario 210.
En este punto es válido resaltar que una vez el contribuyente acepte el valor de los ingresos sugeridos, debe ingresar en la declaración la información del patrimonio y editar las rentas exentas y deducciones imputables relacionadas con su realidad económica.
¿Cómo saber si se tiene una declaración sugerida?
En el portal web de la Dian las personas naturales podrán consultar si tienen información sugerida para presentar su declaración de renta, para lo cual deberán ingresar el número de su documento de identidad, como se muestra en la siguiente imagen:
Una vez sea proporcionada tal información, el sistema arrojará un mensaje indicando si tiene o no una declaración sugerida para la vigencia, así:
Es necesario precisar que los datos proporcionados son exclusivamente para efectos de consulta. Por lo tanto, esta información no es almacenada en las bases de datos de la Dian.
¿Cómo acceder a la declaración sugerida?
Para acceder a la declaración sugerida, inicialmente debe considerarse si la persona natural posee o no una cuenta de usuario habilitada en la plataforma Muisca de la Dian, o si está o no registrada en el RUT, para lo cual deberá efectuar los siguientes pasos en cada uno de los casos. Veamos:
Persona natural con cuenta de usuario habilitada
Si la persona natural para la cual se consulta la declaración de renta sugerida posee una cuenta de usuario habilitada en la plataforma de la Dian, deberá seleccionar la opción “Usuario Registrado”, y posteriormente podrá encontrar el preboceto de la declaración sugerida.
Personas naturales inscritas en el RUT sin cuenta de usuario habilitada
A las personas naturales que se encuentren inscritas en el RUT, pero no posean una cuenta de usuario habilitada, se les remitirá un correo electrónico a la cuenta informada en el RUT, con lo cual debe proceder a habilitar la cuenta de usuario a través de la página de la Dian, seleccionando la opción “Usuario Nuevo”. Para tal proceso requiere registrar el tipo, número y fecha de expedición del documento de identidad, y establecer una contraseña que recuerde fácilmente.
Una vez sea habilitada la cuenta y contraseña del contribuyente, deberá ingresar por la opción “Usuario Registrado”, en la que podrá consultar tal declaración.
Personas naturales no inscritas en la RUT
A los contribuyentes que no se encuentran inscritos en el RUT, se les enviará una carta al domicilio o correo electrónico informado por terceros a través de la información exógena, por lo cual deberán realizar la respectiva inscripción en el RUT y proceder a habilitar la cuenta de usuario a través del portal de la Dian.
Al tener habilitada la cuenta de usuario, el contribuyente podrá consultar la información sugerida para la declaración de renta en el menú de usuario, ingresando por la opción “Diligenciar y presentar formulario 210”.
Aspectos a tener en cuenta
“La declaración sugerida es una alternativa editable que debe terminar de ser diligenciada por el contribuyente, es decir, este debe editar los demás campos de la declaración”
Respecto a la declaración sugerida, es importante que los contribuyentes consideren los siguientes aspectos, algunos de ellos ya enunciados más atrás:
- La declaración sugerida es una alternativa editable que debe terminar de ser diligenciada por el contribuyente, es decir, este debe editar los demás campos de la declaración en caso de poseer otras rentas cedulares.
- El contribuyente debe ingresar la información del patrimonio y editar las rentas exentas y deducciones imputables a cada cédula.
- La declaración sugerida aplica para personas con ingresos provenientes exclusivamente de relación laboral o pensiones, y en ningún caso a las rentas asociadas a las cédulas de rentas de capital, no laborales y dividendos y participaciones.
- La declaración está basada en la información exógena reportada por terceros con corte al 2 de julio de 2019. Sin embargo, si se considera que tal información presenta inconsistencias, debe comunicar o requerir a la persona natural o jurídica que la suministró para que efectúe las respectivas correcciones.
- Si la información contenida en la declaración sugerida no refleja la realidad de la situación financiera del contribuyente, podrá remitirse a la herramienta Ayuda Renta para la elaborar la declaración de renta con la información que se disponga.
“la Dian busca que las personas naturales presenten, declaren y paguen oportunamente el impuesto de renta a cargo, y así evitar sanciones e intereses moratorios”
Así pues, con esta alternativa la Dian busca que las personas naturales presenten, declaren y paguen oportunamente el impuesto de renta a cargo, y así evitar sanciones e intereses moratorios por extemporaneidad u omisión en su presentación.
Fuente: www.actualicese.com