“los plazos para las personas naturales que no sean grandes contribuyentes vencerán entre el 9 de agosto y 19 de octubre de 2018 dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente”
De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.26 del DUT 1625 de 2016, los plazos para los grandes contribuyentes vencieron entre el 10 y el 23 de abril de 2018, en tanto que los de las personas jurídicas culminaron entre el 10 de abril y el 8 de mayo de 2018; por su parte, los plazos para las personas naturales que no sean grandes contribuyentes vencerán entre el 9 de agosto y 19 de octubre de 2018 dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente, en estas mismas fechas las personas naturales deberán presentar su declaración del impuesto de renta y complementario.
Fuente: Actualícese.com