En el proyecto de resolución publicado el 14 de febrero de 2017 por la DIAN se describen los formatos de reporte de conciliación fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016 correspondiente al año gravable 2017. Este modificaría la resolución 000073 de diciembre 29 de 2017.
La resolución 73, en su artículo 1° estipula que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, obligados a declarar el formulario 110, y cuyos ingresos brutos fiscal sean iguales o superiores a 45.000 UVT deben prescribir el reporte de conciliación fiscal como anexo de dicho formulario en el formato 2516. Quienes no estén obligados a declarar el formulario 110, deberán así mismo diligenciar el formato y dejarlo a disposición de la entidad. Y en su artículo 2° menciona que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, y venían utilizando El Formato 1732 por los años gravables 2016 y anteriores, deberán aplicar el Formato 2516.
El proyecto de resolución modificará el artículo 2 de su Resolución 000073 de 2017, estableciendo que las personas naturales y/o residentes que lleven contabilidad, y que declararán renta en el formulario 210 cedulado, no tendrían que elaborar el formato 2516 (pues dicho formato está diseñado como anexo del formulario 110 en el cual no se usará la cedulación) pero sí tendrían que elaborar el nuevo formato 2517.