Una serie de impuestos que declaran y pagan los contribuyentes bogotanos deberán cancelarse únicamente a través de la página web de la Secretaría de Hacienda Distrital, según los plazos establecidos, así como en las aplicaciones móviles dispuestas por la entidad para cumplir estas obligaciones.

Desde el 1 de septiembre de 2018 el mecanismo virtual será la nueva forma de presentar y pagar el impuesto predial unificado; sobre vehículos automotores; industria y comercio, avisos y tableros; declaración de retención del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, y sobretasa a la gasolina administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá. La Secretaría Distrital de Hacienda –SHD–, a través de la Resolución 0001381 de 2018 estableció el mecanismo virtual para la declaración y pago de los anteriores impuestos.

Según el artículo 7 del Acuerdo 671 de 2017, las entidades públicas tanto nacionales como departamentales y distritales deberán cumplir sus deberes formales de declarar y su obligación sustancial de pago mediante el uso del mecanismo electrónico de declaración y pago dispuesto por la SHD.

A partir del 1 de septiembre de 2018 todas las declaraciones por concepto de impuesto de industria y comercio, declaración de retención del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, y sobretasa a la gasolina deberán ser presentadas a través de las herramientas virtuales en la página de internet de la entidad www.shd.gov.co, según los plazos establecidos para tal fin, así como en las aplicaciones móviles dispuestas por la entidad para el cumplimiento de estas obligaciones, sin que exista la posibilidad de utilizar los mecanismos presenciales para la declaración mencionada.

Acceso, registro y autenticación de nuevo usuario

Para el acceso y autenticación debe ingresar el tipo de documento y número de identificación. Tenga presente el correo electrónico registrado; de no recordarlo, podrá recuperar esta información a través de la opción “cambiar correo”.

Si es un usuario nuevo, regístrese y obtenga su contraseña.

Para realizar el registro por primera vez, tenga en cuenta que la autenticación solo la puede realizar quien tenga calidad de obligado o representante legal.

El sistema le realizará de 3 a 5 preguntas relacionadas con predios, vehículos, actividades económicas y financieras que dispone la Secretaría de Hacienda de las personas naturales o jurídicas.

Defina tres preguntas de seguridad, ingrese y confirme una dirección de correo válida para activar su cuenta a través de esta.

Una serie de instrucciones serán enviadas a su correo electrónico para que acceda a la plataforma virtual con su número de identificación y contraseña.

En el siguiente instructivo se tocan puntos sobre el cambio de correo y/o preguntas de seguridad, así como sobre la recuperación o cambio de contraseña.

Luego del registro y autenticación

  • Genere sus declaraciones a través del liquidador dispuesto en la oficina virtual.
  • Seleccione la declaración presentada y asigne el rol con el que hará el ingreso (representante legal o revisor fiscal).
  • Para la incorporación de las firmas correspondientes, ingrese el número de identificación y contraseña de acceso a la oficina virtual.
  • Pague el impuesto. Para generar el pago a través de PSE, seleccione la declaración a presentar y siga las instrucciones de pago en la plataforma.

Tenga en cuenta

  • Para el caso del impuesto de industria y comercio, declaración de retención del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, y sobretasa a la gasolina, la obligación de pago del impuesto y/o de la retención en la fuente puede hacerse por medios virtuales o presenciales.

Si la sociedad es nueva y todavía no está registrada en el registro de información tributaria –RIT– deberá realizarla en los puntos de atención presenciales dispuestos.

Fuente: Actualicese.com